Afectados por el cártel de vehículos. Recupera tu dinero.

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Cártel de Vehículos OR Abogados

Los coches de más de veinte marcas comprados entre el año 2006 y el 2013 sufrieron un sobrecoste en su precio de compra de entre el 10% y el 15 %,, tal y como ha determinado la sentencia STS 1145/2021 de 17 de Septiembre de 2.021, Sala 3ª (Rec. Casación Contencioso-Administrativo nº 5409/2020) . Dicho sobrecoste obedece a un acuerdo entre las empresas vendedoras, lo que se conoce como cártel de vehículos.

Ello se traduce en que si un particular o empresa compró vehículo ( incluyendo leasing, renting, etc) en ese periodo 2006 – 2013 puede reclamar alrededor de un 10 % a un 15 % del coste de compra, ello con sus correspondientes intereses.

El plazo para reclamar es de un año, tal y como contempla el art. 1968 CC, desde la publicación de la sentencia del Tribunal Supremo. Dicho plazo queda interrumpido al momento de efectuarse la reclamación previa al concesionario de vehículos.

Marcas afectadas por el cártel de vehículos:

Alfa Romeo, Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Citroen, Dodge, Fiat, Ford, Honda, Hyundai, Jeep, Kia, Lancia, Lexus, Mazda, Mercedes Benz, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault,  Seat, Skoda, Volkswagen, Toyota, Volvo.

Cómo reclamar tu devolución por el cártel de vehículos

Ponte en contacto con OR Abogados y nos encargaremos de iniciar la reclamación previa a la compañía concesionaria. Tras ello y si la compañía no accede a lo solicitado interpondremos demanda judicial ante el Juzgado de lo Mercantil.

Qué documentación necesitas

– Ficha técnica del vehículo.

– Factura de la empresa que certifique la adquisición del vehículo (si se trata de leasing o renting será suficiente la póliza suscrita con la entidad financiera).

– Permiso de circulación del coche.

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