Indemnización por latigazo cervical. Cómo se puede reclamar.

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INDEMNIZACION POR LATIGAZO CERVICAL

El latigazo cervical es una de las lesiones más frecuentes en los accidentes de tráfico. Normalmente suele ser fruto de alcances por detrás.

El latigazo cervical consiste en una lesión que se produce por una hiperextensión brusca del cuello seguida de una contracción. El mecanismo es como el de un latigazo, de donde toma el nombre.

Los síntomas del latigazo cervical abarcan diversa tipología , comprendiendo desde el dolor hasta luxaciones y fracturas. Las formas más simples de latigazo cervical cursan sin síntomatología detectable mediante radiografía, limitándose al dolor que refiere el paciente.

Tipos de latigazo cervical

  • Grado I: Se caracteriza por una elongación de los tejidos del cuello sin llegar a romperse. No produce afectación neurológica de ningún tipo y suele provocar dolor leve. Es muy frecuente que en un primer momento pase desapercibido, pudiendo aparecer los primeros síntomas en los días posteriores al accidente en forma de dolor sin limitaciones de movilidad.
  • Grado II: En este caso el estiramiento de los tejidos es mayor, produciéndose roturas paciales pero aun sin ningún tipo de afectación neurológica. El dolor suele aparecer desde el primer momento, suele aumentar con el paso de las horas y es frecuente que produzca limitaciones de movilidad.
  • Grado III: Es el más grave de los esguinces cervicales. Se da cuando se produce una gran elongación de los tejidos, con rotura y con posible afectación neurológica. Se caracteriza por presentar fuerte dolor y limitación de movilidad desde el primer momento.

Tratamiento del latigazo cervical

Tradicionalmente se ha tratado el latigazo cervical mediante ortesis o los famosos collarines, aunque la más moderna tendencia médica es limitar su prescripción porque acarrean problemas aparejados tales como atrofia muscular y un connotado aumento de la dependencia. El resto de terapias pasan por el tratamiento farmacológico mediante analgésicos y antiinflamatorios así como la fisioterapia, electroterapia y ejercicios posturales.

Cálculo de la indemnización por latigazo cervical

La indemnización por un latigazo cervical normalmente se compondrá de tres partes: días, secuelas y perjuicio económico.

  1. Indemnización por días de curación.-

  1. Dias de perjuicio muy grave .- Es cuando el perjudicado pierde su capacidad para realizar casi todas las actividades básicas cotidianas , com por ej lo es estar ingresado en ola UCI. Se indemniza a razón de 104,42 euros por día.
  2. Dias de perjuicio grave.- Es cuando el perjudicado pierde su capacidad para desarrollar parcialmente las actividades normales de su vida cotidiana o actividades específicas de desarrollo personal, como puede ser por ej. Estar ingresado en el hospital. Se indemniza a razón de 78,31 euros por día.
  3. Días de perjuicio moderado.- Es cuando el perjudicado pierde significativamente su capacidad para realizar actividades específicas de desarrollo personal, por ej. El trabajo. Se indemniza a razón de 54,30 euros por día.
  4. Días básicos.- Aquí se incluyen los días de curación no expresamente incluibles en las categorías anteriores. Por ej, se trata de los días hasta la finalización del programa de fisioterapia. Se indemniza a razón de 31,32 euros por día.

 

  1. Indemnización por secuelas.-

    Se trata de daños físicos, sensoriales, estéticos, e incluso intelectuales, producidos como consecuencia de una lesión

Son los puntos asignados a cada una de las secuelas, dentro de la tabla de valoración oficial de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, dependiendo de 2 factores:

Tabla 3.A  Perjuicio Personal Básico

Indemnización por día

30 €

Tabla 3.B  Perjuicio Personal Particular

Por pérdida temporal de calidad de vida

Indemnización por día (incluye la indemnización por perjuicio básico)

Muy Grave

100 €

Grave

75 €

Moderado

52 €

Por cada intervención quirúrgica

De 400 € hasta 1.600 €

Tabla 3.C  Perjuicio Patrimonial

Gastos de asistencia sanitaria

su importe

Gastos diversos resarcibles

su importe

Lucro cesante

su importe

 

3. Indemnización por perjuicio patrimonial.-

  1. El perjuicio patrimonial sufrido se compone de 2 aspectos:
    1. DAÑO EMERGENTE. Son aquellos daños económicos directos por la lesión sufrida: asistencia sanitaria, rehabilitación, así como gastos farmacéuticos, etc. Más concretamente:
      – Gastos de asistencia sanitaria
      – Gastos diversos resarcibles
    2. LUCRO CESANTE. Es lo que ha dejado de ganarse por la lesión sufrida, proveniente del trabajo personal del lesionado. Se tienen en cuenta los ingresos recibidos en un periodo análogo, en ausencia de accidente.

Qué hacer si hemos sufrido un latigazo cervical y cómo reclamar

Si hemos sido víctimas de un accidente en el que ha existido latigazo cervical lo primero que debemos hacer es acudir al médico dentro de las 72 horas siguientes para que se extienda el correspondiente parte médico. Este primer paso es fundamental y sin él , se nos privará de la posibilidad de reclamar posteriormente la indemnización por latigazo cervical. Dicho informe médico debe reunir los siguientes requisitos:

  1. Establecer de forma excluyente que no existe otra patología que esté produciendo la afección.

  2. Los síntomas deben haberse manifestado dentro de las 72 horas posteriores al accidente o el lesionado debe haber sido objeto de atención médica en este plazo.

  3. Debe existir una Relación entre la lesión sufrida y la zona corporal afectada por el accidente

  4. Debe existir una relación de proporcionalidad entre la lesión sufrida y el mecanismo de su producción, teniendo en cuenta las circunstancias del accidente como intensidad, forma de producirse, etc.

Si has sufrido un accidente y quieres informarte y reclamar , contacta con nosotros y te atenderemos para que obtengas la mayor indemnización. Primera consulta y estudio y valoración gratuita.

 

 

 

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