Oposición a Ejecución Hipotecaria. Cómo paralizarla y archivarla.

En OR Abogados ofrecemos la posibilidad de congelar o archivar el proceso de ejecución hipotecaria.

Estos últimos años  hemos visto como muchas personas no podían seguir pagando su hipoteca. Hipotecas en muchos casos suscritas mucho tiempo atrás y bajo condiciones abusivas para el consumidor.

Si estás en la situación en que no puedes hacer frente al pago de tu hipoteca por la crisis, porque te has quedado en paro y el banco ha decidido ejecutar la deuda mediante un procedimiento judicial te ayudamos a paralizarlo y además a conseguir el archivo del proceso y que te devuelvan las cantidades que has pagado de más con los correspondientes intereses.

Cuando se reciba la notificación judicial es importante saber que se cuenta con tan solo 10 días hábiles ( no se cuentan festivos ni fines de semana ) de plazo para realizar la contestación – oposición mediante un escrito firmado por abogado y procurador.

El escrito de oposición a la ejecución hipotecaria

Mediante dicho escrito de oposición se consigue que el procedimiento de ejecución hipotecaria se someta a la autorización judicial para poder seguir adelante. Es decir, a efectos prácticos se paraliza el desahucio.

Es en ese escrito de oposición donde se exponen aquellas cláusulas del contrato hipotecario que resulten abusivas. Las cláusulas abusivas más comunes son la clausula de vencimiento anticipado y la clausula de intereses moratorios abusivos. Y por supuesto, claro está , la clausula suelo.

Las causas de oposición que pueden alegarse están tasadas y recogidas en el artículo 695 de la Ley de Enjuiciamiento Civil  , por lo tanto no vale cualquier alegación. Hay que alegar aquellas cláusulas que , bajo el examen de un abogado experto, resulten abusivas bajo la jurisprudencia de los tribunales españoles y europeos.

La dación en pago

La dación en pago consiste en saldar la deuda hipotecaria con el banco entregando la casa. La deuda se acaba con la entrega de las llaves. Dicha posibilidad viene contemplada en el artículo 140 de la Ley Hipotecaria y los jueces y tribunales se han pronunciado reiteradamente a favor de esta posibilidad, especialmente en el caso de vivienda habitual.  De esta forma la persona queda liberada de la deuda.

OR Abogados defendemos tus intereses con especial atención a la existencia de clausulas abusivas en el contrato hipotecario. Llámanos y de forma gratuita estudiamos tu caso  para ofrecerte la mejor solución.

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