Delito de quebrantamiento de orden de alejamiento. Sentencia absolutoria. Caso ganado por OR Abogados.

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Nuestro cliente fue absuelto de un delito de quebrantamiento de orden de alejamiento por el cual se le solicitaba por parte de la acusación la pena de diez meses de prisión, más la pena accesoria que la ley establece ( inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante igual periodo).

El cliente era un hombre separado de la que había sido su pareja sentimental y madre de su hija y con la que mantenía una tensa relación, trufada de denuncias y enfrentamientos.

Mediante una denuncia (que posteriormente se archivó) un juzgado dictó una prohibición de acercamiento a menos de 500 metros y a comunicar de cualquier modo con la madre de su hija, de modo que las entregas y recogidas del padre se tenían que hacer mediante una tercera persona ( o mediante los funestos y poco prácticos puntos de encuentro municipales).

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Quebrantamiento de una prohibición de acercamiento

El delito de quebrantamiento de orden de alejamiento viene regulado en el artículo 468 del Código Penal:

«1.-  Los que quebrantaren su condena, medida de seguridad, prisión, medida cautelar, conducción o custodia serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año si estuvieran privados de libertad, y con la pena de multa de doce a veinticuatro meses en los demás casos.

2.-   Se impondrá en todo caso la pena de prisión de seis meses a un año a los que quebrantaren una pena de las contempladas en el artículo 48 de este Código o una medida cautelar o de seguridad de la misma naturaleza impuesta en procesos criminales en los que el ofendido sea alguna de las personas a las que se refiere el artículo 173.2, así como a aquellos que quebrantaren la medida de libertad vigilada.

3.- Los que inutilicen o perturben el funcionamiento normal de los dispositivos técnicos que hubieran sido dispuestos para controlar el cumplimiento de penas, medidas de seguridad o medidas cautelares, no los lleven consigo u omitan las medidas exigibles para mantener su correcto estado de funcionamiento, serán castigados con una pena de multa de seis a doce meses.»

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